sábado, 26 de diciembre de 2009

Derechos de las mujeres.


Derechos de las mujeres

Mantener una vida sexual satisfactoria y segura, sin temor a un embarazo no deseado.
Decidir en libertad tener o no tener hijos y cuándo tenerlos.
Ser informadas y tener acceso a los métodos anticonceptivos que mejor se adecuen a sus necesidades.
Acceder a una atención médica humanizada y de calidad.

Derechos de las mujeres trabajadoras cuando están embarazadas
Licencia por parto y puerperio (licencia por maternidad): Un total de 90 días. Deberá gozar al menos de 30 días antes del parto y el tiempo restante después del parto. Continuará recibiendo durante ese período su salario completo.
Asignación Prenatal (para trabajadoras con sueldo menor a $1.500 por mes): Es un adicional al salario. Se cobra a partir del tercer mes de embarazo (una sola vez).
Estabilidad en el empleo: El empleador debe conservarle el empleo a la mujer durante la licencia por maternidad. Una vez que la trabajadora haya notificado su embarazo (con la fecha probable de parto), tiene derecho a la estabilidad en el empleo. En caso de ser despedida, el empleador debe abonarle una indemnización agravada: un año de sueldo más la indemnización común.
Período de excedencia: Puede solicitarlo durante los seis meses posteriores al parto (sin goce de sueldo). A su regreso, el empleador tiene la obligación de asignarle el mismo puesto que tenía anteriormente.

Derechos de las mujeres trabajadoras cuando nace su hijo/a
Trabajar en las mismas condiciones en que lo hacían antes de que naciera su hijo/a.
Tener una asignación por nacimiento (en caso de que su cónyuge o compañero no la reciba). La ley 24.714 también aplica el criterio salarial con respecto a la asignación por nacimiento.
Gozar de dos descansos, de media hora cada uno, durante la jornada de trabajo para amamantar a su hijo/a a lo largo del primer año de vida (por razones médicas, puede gozar de esta autorización por más tiempo).

Otros derechos de todas las mujeres
Igualdad ante la ley.
Divorcio vincular.
No obligatoriedad de usar el nombre del esposo por parte de la mujer casada.
Igualdad de los hijos matrimoniales y extramatrimoniales.
Patria potestad compartida.
No ser discriminadas por su condición de mujer.

La mujer y el varón tienen derechos que deben ser reconocidos y respetados por ambos. Entre ellos figuran los derechos a expresarse, al descanso, a tener diferencias de opinión, a vivir sin miedo, a no ser maltratado/a, a decidir sobre su tiempo libre, a trabajar, a usar la ropa que uno/a elija, a decir NO, a equivocarse, a contar con el apoyo afectivo de los seres queridos, a la privacidad.

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